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Los escenarios legales que abre la demanda de La Polar y el precedente que podría favorecerla

El primer paso será determinar si la compañía vendía prendas originales o falsificadas. Luego, se podrían abrir aristas penales, de libre competencia y un análisis paralelo del Sernac.

Por: Martín Baeza | Publicado: Miércoles 30 de noviembre de 2022 a las 19:50 hrs.
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Luego de que marcas deportivas la denunciaran por comercializar ropa falsificada, La Polar decidió responder con una ofensiva judicial no solo en contra de Under Armour y Adidas, sino también contra Forus, la empresa ligada a la familia Swett que actúa como distribuidora oficial del primero de estos sellos en Chile.

¿Qué pasará en tribunales? Diversos expertos en materias de propiedad intelectual y libre competencia consultados por Diario Financiero –que pidieron hablar bajo reserva- coinciden en que la principal pregunta es si las prendas son originales o no, por lo que probablemente la primera etapa del juicio se enfoque en ello, a través de terceros independientes que analizarían los productos.

La multitienda presentó una demanda contra Under Armour y Forus y hará lo propio contra Adidas.

Cercanos a La Polar confirman que uno de los primeros pasos del equipo legal de la empresa encabezada por Leonidas Vial será buscar un peritaje externo que confirme la autenticidad de la ropa.

Sin embargo, dicen los expertos, contestar el cuestionario de Verdadero y Falso será solo la etapa inicial de un proceso que podría extenderse por lo bajo dos años.

Escenario 1: Verdadero

Los abogados sostienen que, si La Polar logra probar que la ropa es original,el modelo de importaciones paralelas que está desarrollando sería completamente legal.

La Ley de Propiedad Industrial dice que “el registro de la marca no faculta a su titular para prohibir a terceros el uso de la misma respecto de los productos legítimamente comercializados”.

Dicho artículo es el que la multitienda utiliza para respaldar sus demandas. Así lo explicó su gerente general, Manuel Severin, a la CMF, acusando que las marcas no quisieron venderle sus productos, por lo que decidieron comprar saldos de temporadas anteriores directo a las fábricas. En cuanto a Under Armour, esto se realizó a Masood Textiles LTD, ubicada en Pakistán.

Severin aseguró que luego, en Chile, se “realiza un control exhaustivo de la calidad de los productos”.

Los abogados advierten que, en este escenario, si se determina que las marcas deportivas tienen poder de mercado, el asunto se podría tratar como uno de libre competencia. En ese caso, Adidas y Under Armour podrían recibir multas en una primera instancia, para luego pasar a un segundo proceso de indemnización de perjuicios.

Esto último, cuentan desde La Polar, es lo que más le preocupa a la empresa, que ha visto nuevamente golpeada su imagen tras el fraude de las repactaciones unilaterales en 2011.

Escenario 2: Falso

Si se determina que las prendas son falsas, las cosas dan un giro en 180°. En el pasado, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha señalado que la misma legislación chilena que autoriza las importaciones paralelas permite al titular de la marca tomar incluso acciones penales ante el uso inapropiado de esta misma, por lo que las marcas podrían arremeter contra La Polar.

No obstante, las fuentes señalan que hay múltiples escenarios imposibles de predecir: por ejemplo, La Polar podría acusar que actuó de buena fe, pero engañada por la distribuidora extranjera, lo que le abriría el espacio para desprenderse de cierta responsabilidad.

Eso sí, en ese caso la multitienda tendría que responder por la negligencia en los controles de calidad. Ahí, entra otro actor al debate.

La otra cancha: el Sernac

Fuera de la trama judicial, por ahora, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) mira atento la disputa entre las compañías.

En entrevista con Cooperativa, el director de la institución, Andrés Herrera, comentó que le “llama poderosamente la atención” la diferencia entre ambas versiones y que la venta de productos falsificados es “gravísima e inaceptable”.

Desde el Servicio también cuestionan si, independiente de que la ropa sea original o no, podría ser de segunda mano. En ese caso, investigarán si existió información veraz y oportuna para los consumidores. Si bien fuentes de La Polar niegan que los productos sean de menor calidad, será una de las aristas que abordará el Sernac, que ya citó a declarar a las marcas involucradas.

El día en que la FNE se pronunció a favor de las importaciones paralelas

En 2011, la Fiscalía señaló que ningún distribuidor oficial podía impedir la importación y comercialización de una determinada marca.

En el caso hipotético de que La Polar probara que las prendas son originales y que provienen de un distribuidor autorizado, hay antecedentes legales que podrían favorecer a la empresa.
Uno de ellos data desde el 28 de julio de 2011, cuando RTC S.A. ingresó una consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para que se pronunciara acerca de su derecho para importar y vender alarmas y accesorios para automóviles de la marca Némesis.Impedirlo generaría “una situación de abuso y dominancia del mercado”, argumentaba RTC.
En ese contexto, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) enfatizó que si bien el registro de una marca comercial protege al titular del “uso ilegítimo que pueda efectuar un tercero de sus signos distintivos, ejerciendo al respecto las acciones civiles, penales o de cualquier otra índole que corresponda, no lo habilita para impedir la importación y comercialización en el país de productos originales de la misma marca”.
La Fiscalía advirtió que una marca que impida la importación de productos originales desde el extranjero ejecutaría un ilícito anticompetitivo, utilizando el registro marcario como “una barrera de entrada a legítimos competidores”.
Asimismo, la FNE adscribió a la necesidad de contar con un mecanismo alternativo a un proceso judicial para comprobar la originalidad de los productos importados por terceros diferentes a los distribuidores oficiales, “que genere en forma eficiente certeza respecto de su legítima comercialización en el país”.

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